viernes, 8 de febrero de 2008

VIOLENCIA FAMILIAR EN EL PERÚ: ALGUNOS APUNTES DEL T.U.O. DE LA LEY 26260. (El presente artículo ha sido reeditado y actualizado).

POR: JAVIER E. CALDERÓN BELTRÁN
ABOGADO

Es basto el número de formas en que se suele presentar la violencia familiar en nuestro país, violencia que no respeta sexo, edad, raza, ni clase social. Estadísticamente está comprobado que el grupo mayormente violentado es el que conforman mujeres y niños, esto no quiere decir que los varones estén exentos de maltrato, pero el porcentaje de varones adultos violentados (2% aproximadamente) es insignificante en relación a los primeros grupos mencionados, quizás las estadísticas no expliquen la realidad con autenticidad y es que muchas personas violentadas, tanto mujeres como varones, no denuncian a su agresor ante las autoridades por temor a represalias del mismo agresor, temor a represalias de las autoridades en contra del agresor, por creer casi siempre erradamente en las palabras de perdón del agresor y esperanzarse muchas veces vanamente en que este cambie su comportamiento agresivo, otras razones frecuentes por las cuales se omite denunciar es por los prejuicios sociales que puedan surgir de este acto o por simple vergüenza.

Un Concepto adecuado para Violencia Familiar es aquel que dice: "la violencia es una acción ejercida por una o varias personas en donde se somete de manera intencional al maltrato, presión, sufrimiento, manipulación u otra acción que atente contra la integridad tanto físico como psicológica y moral de cualquier persona o grupo de personas."

Vamos con la primera pregunta: Según nuestra normatividad: ¿Qué se entiende por violencia familiar? El artículo 2 del Texto Único Ordenado de la ley 26260 (Ley de protección contra la violencia familiar) nos da la definición prevista por el legislador, mencionando que: “…se entenderá por violencia familiar, cualquier acción u omisión que cause daño físico o psicológico, maltrato sin lesión, inclusive la amenaza o coacción graves y/o reiteradas, así como la violencia sexual, que se produzcan entre:

a) Cónyuges.

b) Ex cónyuges.

c) Convivientes.

d) Ex convivientes.

e) Ascendientes.

f) Descendientes.

g) Parientes colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.

h) Quienes habitan en el mismo hogar, siempre que no medien relaciones contractuales o laborales.

i) Quienes hayan procreado hijos en común, independientemente que convivan o no, al momento de producirse la violencia
."

En primer lugar, la ley incluye dentro de los tipos de violencia familiar a la violencia física y a la violencia psíquica o psicológica, los dos tipos clásicos y frecuentes en que este tipo de obrar negativo se manifiesta, pero además amplía los tipos de violencia familiar llegando a incluir las amenazas y coacción graves, en este último caso entendemos por coacción a aquella imposición o compulsión por la cual la víctima es obligada a algo desdeñoso por parte de su agresor, también se incluye la violencia sexual, algo correcto desde mi punto de vista, pues si bien este tipo de violencia puede llevar consigo maltrato físico, debemos dejar claro, que este accionar vulnera en esencia no a la integridad física de la persona, sino a su libertad, pues nadie me puede obligar a tener relaciones sexuales. Es de resaltar que el legislador obvio incluir dentro de los menoscabos que produce la violencia familiar, al menoscabo moral de la víctima, por lo que teniendo presente que la integridad moral de la víctima también podría verse afectada, es que creemos que este tipo de menoscabo debió de incluirse en el artículo 2 de la ley in comento.

En segundo lugar, la ley menciona a las personas que pueden ser partícipes de violencia familiar, dando un concepto de familia que va más allá del clásico concepto restringido en el cual sólo eran partícipes padres e hijos, la ley de violencia familiar ha adoptado un concepto amplio de familia, que incluye a nuevos partícipes como concubinos, hombres y mujeres cuyo único lazo es un hijo procreado, parientes colaterales e incluso aquellas personas que habitan en el mismo hogar, siempre que no medien relaciones contractuales o laborales; en esto último debemos hacer un acápite ¿Quiénes están incluidos dentro de este grupo?, el legislador olvido especificar está última situación, podremos incluir entonces dentro de este grupo a las relaciones amicales e incluso a las relaciones de vecindad siempre que se habite dentro de un mismo hogar, esta disyuntiva encontró respuestas en el reglamento de la ley, que textualmente refiere que el inciso 'h' del artículo 2 de la ley 26260, se refiere a ex cónyuges y a ex convivientes.

El Artículo 1 de la Ley N° 29282, publicada el 27 noviembre 2008, incorporó el literal j, que adiciona dentro de las personas que pueden ser partícipes de violencia familiar a: "Uno de los convivientes y los parientes del otro hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, en las uniones de hecho", consideramos acertada esta inclusión por parte del legislador, pues atiende a una realidad existente y palpable, la vida familiar al interior de la unión de hecho o concubinato, además de hacerse una expresa alusión al grupo familiar, que doctrinariamente conocemos como "familia ensamblada" o " familia reconstituida"; en este caso a la familia ensamblada originada por la convivencia de una pareja, pues no son pocos los casos, donde uno de los convivientes conforma una auténtica comunidad de vida, de carácter habitual, pública y estable, no sólo con su concubina, sino también con los hijos propios de está, provenientes de un compromiso anterior, con los cuales no guarda ningún tipo de parentesco consaguíneo, ni afín, esta adición hecha por el legislador, constituye un importante aporte, a la política del Estado de luchar contra toda forma de violencia familiar y un fortalecimiento al principio constitucional de protección de la familia.

Analicemos los tipos de maltrato familiar:
1.- Maltrato Físico.- Manifestado comúnmente en cachetadas, puñetes, patadas, jalones, empujones, pinchazos, quemaduras, golpes con objetos, incluso el uso de armas, etc., es decir, todo aquel maltrato que implique el uso de la fuerza física. Este maltrato puede determinar la existencia de lesiones físicas graves y menores, para determinar una o la otra dependerá de la necesidad del agraviado por atención médica y el tiempo de atención, lo cual traerá responsabilidades penales por las que el agresor tendrá que responder; por otro lado para la víctima las consecuencias pueden concluir en graves fracturas, hemorragias, quemaduras, envenenamiento, hematomas diversos, etc.

2.- Maltrato Psíquico o Psicológico.- Este tipo de maltrato se manifiesta cuando en forma reiterada el agresor insulta, menosprecia, aterroriza, humilla, ofende, veja, grita, repudia, rechaza, castiga, ignora o aísla a su víctima, siendo necesario para que proceda la acción, que esta última nombrada tenga comprobadas y detrimentes secuelas psicológicas que tengan su origen en cualquiera de los tipos de maltrato especificados en este punto, secuelas que pueden traer graves consecuencias como trastornos mentales o incluso el suicidio.

El artículo 2 de la ley 26260, no sólo habla de un maltrato por acción como es el caso de estos dos puntos señalados, sino también de un maltrato por omisión, este último podría tener su origen en la negligencia de algunos padres respecto de sus hijos al apartarse completamente y sin excusas de todas aquellas necesidades básicas que urgen a todo menor para su correcto desarrollo físico y psicológico, un típico caso de maltrato por omisión, sería la desnutrición del niño, por falta de una alimentacíón adecuada.

Respecto de la conciliación en esta clase de procesos, inicialmente la ley reconocía la posibilidad de que agresor y víctima pudieran llegar a un acuerdo conciliatorio en sede fiscal, es decir en sede administrativa, evitando que el caso llegue a manos del Poder Judicial. En el año 2003 se derogaron los artículos 13, 14 y 15 de la ley 26260, eliminándose la conciliación en sede fiscal, bajo el argumento que derechos humanos como la integridad y poseer un trato y una vida digna libre de violencia, por su naturaleza, no son conciliables, son derechos indisponibles. Sin embargo, se mantuvo la conciliación en sede judicial, lo cual era errado, dado que la naturaleza no conciliable de éstos derechos, no varía, por pasar de la sede administrativa a la sede jurisdiccional. Esta facultad del Juez de Familia, finalmente y con acertado criterio fue dejada del lado por la ley 29282, al suprimirse del artículo 23 de la ley, el texto que facultaba al Juez a propiciar la conciliación.

Respecto del agresor, muchos estudiosos de la materia, no simplemente abogados, sino médicos psiquiatras y psicólogos, refieren que los orígenes de la conducta violenta del agresor estaría fuertemente determinada por el ambiente familiar en que éste creció, en otras palabras personas violentadas tienden a ser violentas; en discrepancia con esto, estudios altamente especializados en países como España demostraron que gran porcentaje de los agresores no necesariamente fueron víctimas de violencia; por lo que debemos concluir que la violencia no siempre tiene su origen en conductas adquiridas. Dentro de las fuentes de este tipo de obrar peyorativo, creo que es importante mencionar al contexto social de nuestra sociedad, un contexto social eminentemente machista, donde el varon hace prevalecer su sentimiento de superioridad sobre la mujer y los hijos y muchas veces cree que tiene derecho de someterlos a su antojo, la violencia sería la forma de asegurar esa posición dominante. Otra causa es el estrés, tan común en estos días, estrés de tipo laboral, estrés de tipo económico, al que se encuentran expuestos las personas debido a la vertiginosidad exigida por algunas labores de la sociedad contemporánea.

Respecto de la víctima, es importante recalcar que la violencia puede desencadenar efectos destructivos en ella, sobretodo cuando los agredidos son niños, niñas y/o adolescentes, la violencia podría causar un grave detrimento en el desarrollo psicológico e incluso en el desarrollo cerebral de la víctima, esta comprobado que un alto índice de personas violentadas sufren de: profundas depresiones, baja autoestima, estrés postraumático, consumo de drogas y alcohol, conductas antisociales e incluso llegan a conductas suicidas.

Debemos desterrar algunos mitos, en primer lugar la violencia se da en todo tipo de estratos sociales, no se crea que es exclusiva de familias pobres y/o de familias de poco nivel cultural, si bien son menos frecuentes los casos de familias adineradas que llegan a los juzgados, tal vez por los prejuicios sociales de los que hablábamos al iniciar este artículo, no se puede decir de ninguna manera que este tipo de familias esta exenta de la violencia intrafamiliar. En segundo lugar, es totalmente falso que los varones sean los únicos maltratadores de mujeres y niños, esta creencia por cierto muy difundida en nuestro medio, no es cierta, pues memorias especializadas han determinado que las mujeres pueden ser tanto o incluso más violentas que los varones y no son pocos los casos en que se detectó a madres y niñeras como las principales responsables de maltrato, allí están algunos casos difundidos por los medios de comunicación, como cuando la niña o niño coge un sencillo de la mesa y recibe por parte de su madre castigos deplorables y hasta enfermizos como quemarle las manos u otros castigos de la misma calaña como desvestir y atar desnudo al niño fuera de su casa, actos canijos como éstos, sólo provocarán en la víctima los efectos a los que hacíamos mención en el párrafo anterior.

Nuestro sistema procesal propugna para criterios de valoración de la prueba al sistema conocido como sana crítica, sistema que incluye una valoración conjunta y razonada de todos los medios probatorios, a pesar de esto, el artículo 29 de ley 26260, estableció en un principio que los certificados expedidos por los Establecimientos Estatales y otros que tengan convenios con ellos, tienen “pleno valor probatorio" en los procesos sobre Violencia Familiar, al emplearse el término “pleno”, nuestro legislador le está dando la espalda a la sana crítica y está fomentando el sistema conocido como tarifa legal; lo que en reiteradas ocasiones perjudicaría tanto al agraviado como al demandado, teniéndose presente que no es poco común la conducta embustera de la que son partícipes muchos miembros de nuestra Policía Nacional, de organismos allegados a ellos o de los propios supuestos agraviados, que bien podrían atribuirle falsamente a una persona ser autor de maltrato físico o de maltrato psicológico. Con acierto, se ha ido modificando el artículo 29 de la ley, actualmente se ha eliminado el término “pleno valor probatorio”, especificándose que dichos certificados simplemente tiene “valor probatorio del estado de salud física y mental en los procesos sobre violencia familiar”. Concluyendo esta parte, somos de la firme idea que es labor del Juzgador indagar y formar su convicción propia, más allá de lo que literalmente expresen dichos certificados, éstos deben complementarse con otros medios probatorios para crear absoluta certeza, pues la práctica ha demostrado, que muchas veces el supuesto agraviado, se ha autolesionado, con el fin de obtener un provecho económico o de otro tipo, de su supuesto agresor o agresora, o simplemente con el fin de perjudicar a éstos últimos mencionados.

La ley 29282, ha incorporado una diposición final importante al T.U.O. de la ley de protección frente a la violencia familiar, señalando expesamente que: "Los profesionales de la salud, así como los psicólogos, educadores, profesores, tutores y demás personal de centros educativos que, en el ejercicio de sus actividades, tomen conocimiento de algún tipo de violencia familiar contra niños, niñas y adolescentes deben denunciarla ante la autoridad correspondiente, bajo las responsabilidades que señale la ley". No es pues admisible que los profesionales que sean testigos de actos de violencia familiar (Como por ejemplo los profesores, quiénes pasan tiempo importante con sus alumnos, siendo por lo tanto para ellos perceptible los actos de violencia familiar; los médicos o psicológos, que perciben la violencia familiar cuando examinan a la víctima u otros allegados al niño como sus tutores), tengan un rol pasivo u omisivo, manteniendo impunes estos canijos actos, más aún cuando de por medio está en riesgo el derecho a la integridad y a la vida misma de seres humanos tan vulnerables como son los niños, seres incapaces de repeler los ataques de los cuales son víctimas, es por eso que con acierto la modificatoria ha establecido responsabilidades para el profesional que siendo testigos de dichos actos, mantenga un papel pasivo o indiferente.

¿Cual sería la mejor arma para disminuir los casos de violencia familiar? la mejor arma es la educación, tarea amplia que debe propulsar el Estado a través del Ministerio de Educación, inculcando en los niños, respeto mutuo, haciéndoles entender que no existe superioridad de un sexo sobre el otro e inculcanco además en los padres, el diálogo como fuente de solución a sus crísis emocionales y de pareja, haciéndoles comprender que si es necesario la búsqueda de ayuda profesional, si es necesaria una terapia familiar para solucionar sus problemas de carácter, lo hagan, ya es tiempo de que algunas personas destierren esas absurdas ideas de que sólo los insanos deben acudir al psicólogo o al psiquiatra.

54 comentarios:

  1. Las excasas denuncias de varones que son victimas de violencia familiar en la modalidad de maltrato fisico y psicologico, se debe a una cuestion natural.

    NO es bien visto, en una sociedad extremadamente machista, que un varon llegue a la Comisaria de Mujeres para denuciar a su pareja, por ejemplo.

    Ante ese perjuicio, se entiende el por que de ese minusculo dos por ciento.

    Sin embargo de aquellos que si se atreven a valer su derecho, se dan con la desagradable sorpresa, que el mecanismo dentro de la parcializada Comisaria de Mujeres es inconstitucional.

    Pues las instructores policiales, haran los posible por trasquiversar la investigacion y presentar al denunciante como denunciado. ¿Lo dudas?

    En el mejor de los casos presentaran el atestado policial ante la Fiscalia de Familia como maltrato psicologico mutuo.

    Asi se increible es nuestra Comisaria de Mujeres.

    Entonces de que vale denunciar, siendo varon, si te estas autodenunciando al fin y al cabo.

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  2. Es cierto Javier, la sociedad peruana, al igual que casi todas las sociedades latinoamericanas, es una sociedad insignemente machista, como decía al empezar el artículo, una de las razones por las que algunas personas no denuncian a sus agresores, es por los prejuicios sociales que existen, dentro de éstos esta la vergüenza, el varón siente vergüenza de que sus allegados se enteren que es víctima de violencia por parte de su esposa o conviviente, así que prefiriendo evitar esta incómoda situación, no acude a la autoridad competente.

    Tampoco podemos desconocer una realidad, que son las irregularidades a las que se prestan nuestras autoridades, no solamente la autoridad policial como bien mencionabas, sino también la autoridad judicial, no son pocos los casos en que la autoridad se parcializa a favor de la supuesta víctima, muchos abogados que estamos en este campo del litigio, lo hemos podido comprobar, sobretodo cuando se trata de pensiones alimenticias o casos como el tratado, es decir violencia familiar.

    Un estudio realizado por el Dr. Miguel Ramos Padilla, nos daba una salida acertada a este problema, este especialista recomendaba que los operadores de justicia, debiendo incluirse también a la autoridad policial, reciban cursos de sensibilización, ya que es muy frecuente que las denuncias de violencia no sean atendidas adecuadamente, por cuanto la autoridad inconscientemente lleva arraigada una cultura machista o feminista que de alguna forma influye en su actuar, la escuela y los medios de comunicación también deben contribuir a cambiar este paradigma.

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    1. Se que a estas alturas parece increible lo que le voy a preguntar, pero que pasa cuando el varon está casi secuestrado en la casa de su conviviente, a pesar de tener una denuncia por abandono de hogar por su mujer, y al regresar a ver a sus hijos, no lo dejan salir porque toda la familia de su mujer lo tiene acorralado, y con la amenaza que si sale no volverá a ver a sus hijos, y cuando sale a la tienda sale con alguien acompañado. Es posible que los padres del varon puedan denunciar este hecho? cual seria el procedimiento?

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  3. Demasiado trabajo por hacer.

    Si nos aventuramos en esa empresa, cambiar la forma de pensar de los instructores policiales y los operadores judiciales, sensibilizarlos para que se alejen de sus perjuicios machistas o feministas, segun sea el caso, los resultados llegaran siempre muy tarde.

    Manuel Ramos Padilla ofrece una propuesta que NO es nueva, es inaplicable.

    De todos modos, con un granito de arena cada uno de los que estamos convencidos de que debe haber un cambio lo haremos de nuestra propia trinchera.

    Desde la mia, (perú) Javier Luna blog vengo bregando en esa dirección.

    Ojala pues que a traves de la tuya continues en el mismo sentido.

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  4. la ley es buena, pero lo malo es el proceso que es tan lento, largo, engorroso, resulta "peor que la enfermedad"; muchas veces no se llega a concluir el caso ya que ocurren desgracia mayores tales como suicidios, homicidios, utro, durante dicho proceso.Es más, aveces el fiscal comprueba la violencia y por negligencia, ineptitud o indiferencia, falta de sensibilidad humana, no emite acta ni siquiera informe, dando un concepto subjetivo del caso, mientras tanto se agrava la condición de la víctima.mi mail por siacaso requieran ejemplo de cao de indiferencia por parte de un fiscal de familia en la ciudad de chiclayo( ocurrencia del caso el día 07.08.09 a las 13 y 30 horas aproximadamente): matega01@hotmail.com. Ojala lean mi comentario.

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  5. desgraciadamente alos varones nos han satanizado, como solamente nosotros seamos los malos los agresores, los bestias, las mujeres no ellas no hacen nada, pero tambien se debe sancionar ala mujer por a veces aparentar , que no hacen nada, por experiencia he visto, que provocan psicologicamente y vervalemnete al hombre, coquetea, se niegan alas relaciones intimas , causan celos, son violentas, y ahi es donde por desgracia el hombre reaccione con violencia, es decir cae en la trampa, ella una ves agredida parenta la de la victima 100% ala mujer tambien se le debe castigar por provocar y retar al hombre insultandole humillandole y otros todo esto debe tomar en cuenta la autoridad....no por que llora y finje que no hace nada se le debe creer todo...es la manera en que la autoridad de un juicio mas justo.Por si acaso mi correo es sam86x@hotmail.com, soy una victima de una mujer.

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  6. Concuerdo con la persona que dijo que la ley no es mala, concuerdo también con usted doctor respecto que los certificados médicos no deben ser absolutos para formar convicción al juez, lo que pasa es que en la practica existen abusos cometidos por los operadores de justicia, es decir jueces y fiscales, para quienes prima el subjetivismo por sobretodo, para los fiscales el certificado médico lo es todo, basta simplemente que alguien denuncie un supuesto maltrato, muestre el moretón, arañón, etc, y listo se formaliza la demanda, es fácil crearse esas lesiones tan simples en forma intencionada y luego hacer ver al familiar con el que no me llevo bien, como un maltratador, denunciandolo solo para perjudicarlo, por eso es que la investigación de la verdad debe ser más profunda tanto en la fiscalía como en el juzgado, debe valorarse las declaraciones de los testigos presenciales, usarse figuras como la confrontación entre las partes, pues es fácil llevar a un familiar a juicio en este tipo de procesos, y muchas veces se declara autor de actos de violencia y se le ordena reparar un daño a una persona inocente.

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  7. Estimado Dr. Calderón, más que un comentario quiero plantearle una interrogante... ¿Cuál es el alcance de la Ley 28292? Por ejemplo, si desde la práctica académica --realizando un estudio, por ejemplo, sobre niñez- un sociólogo entrevista a un niño o adolescente, y éste da cuenta de un hecho de violencia familiar (por ejemplo, el haber recibido un castigo físico de parte de su madre), el profesional está en la "obligación" de denunciar a la madre?

    Néstor Valdivia

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  8. Estimado Néstor.

    La incorporación hecha por ley 29282, está referida al personal de los centros educativos (entiéndase profesores, psicólogos, auxiliares), tutores y profesionales de la salud, quienes por el ejercicio propio de sus actividades, son propensos a tomar conocimiento de los actos de violencia familiar, estableciendo responsabilidades para los antes mencionados, ante su indiferencia. Esta obligación, mejor llamado deber, expresamente no ha sido extensiva hacia otros profesionales.

    Sin embargo, esto de ninguna manera debe convertirse en óbice, para que otros profesionales, o cualquier otra persona no necesariamente profesional, denuncie actos de violencia familiar cuando tome conocimiento de los mismos, no debemos ser testigos pasivos del maltrato, maltrato que muchas veces puede tener destinos nefastos como la muerte misma, el artículo 4.2. del T.U.O. de la ley de protección frente a la violencia familiar, faculta a cualquier persona para formular denuncias por violencia familiar, bastanto únicamente que se tome conocimiento de dichos hechos.

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  9. WALTER ALVARADO CASTILLO16 de octubre de 2010, 22:10

    Dr. Javier Calderon, preparándome para disertar sobre violencia familiar, encontré la dirección de su blog, en realidad he podido advertir su alto nivel profesional y profunda vocación de servicio a favor de nuestra sociedad mayor necesitada, este esfuerzo constituye un aporte muy valioso, le expreso mis consideraciones y agradecimiento por sus instrucciones. Muchas gracias.
    Walter Alvarado Castillo
    Consultor Legal
    walteralvarado19@hotmail.com

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  10. VICTORIA.-
    Buenas tardes, mi comentario es para el Sr. Luna, trabajo en una Comisaria de Mujeres actualmente y lo vengo haciendo hace 25 años en diferentes Comisarias de la Mujer y aunque muchos piensan que por la denominaciòn de "COMISARIA DE MUJERES" solo se atiende o se le da la razòn a las mujeres ello no es cierto, creo que el sr. debe ser mas objetivo en sus apreciaciones, mal haria en decir que todos los abogados son corruptos o intolerantes como muchos de los que llegan a esta Comisaria creyendo que porque levantan la voz tiene la razòn, pero yo se que no es asì la policia de familia sabe que la tarea que desempeña es muy delicada y sacrificada; pese a las limitaciones de personal, logistica y la propia infraestructura; lo que nos sostiene es la vocaciòn de servicio a los demas, atendiendo las 24 horas del dìa; no es nada alentador atender diariamente entre 20 y 30 denuncias diarias donde tienes que oir los problemas de cada denunciante e infundirles la calma y consuelo que vienen a buscar aunque por ello a veces seamos objeto de denuncias, yo he sido denunciada por una mujer cuyo ex-conviviente la denuncio por secuestro y maltrato fisico y psicologico, y sabes porque? porque ella no queria que le recibieramos la denuncia a su ex conviviente; es que algunas mujeres piensan que por el hecho de ser mujer se les debe de dar la razòn, pero lo que prima es el cumplimiento de la Ley en equidad e igualdad para ambos, nosostros no solo somos policias estimado amigo, tambien somos psicologos, padres, madres en los casos de niños abusados sexualmente o maltratados que llegan a nosotros como primer nexo con las victimas, dando abrigo y protecciòn a mujeres , discapacitados mentales a quienes NADIE LOS QUIERE ATENDER, Y TAMBIEN ADULTOS MAYORES y dandoles tambien alimentos sin presupuesto alguno, mi consejo es que cambiemos esa mentalidad de criticar y mirar la paja en el ojo ajeno y no la viga en el nuestro, nuestro paìs solo cambiara en cuanto haya esa actitud de cambio de cada uno de nosotros.

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  11. Dr le hago una pregunta soy de Argentina y esta problematica como usted debe saber es mundial y aca hay muchas cosas tambien para cambiar y mejora.
    mi pregunta es la siguiente. se esta discutiendo o porlos menos hay alguna percepcion de incorporar la violencia domestica en el codigo penal?
    muchas gracias, y felicitaciones por el blog
    saludos desde argentina

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  12. Agradecemos su felicitación, respondiendo su pregunta, en la legislación peruana se ha incorporado a través de la ley 29282, a la que hemos hecho mención en el artículo precedente, el delito de violencia familiar, está ley modifica y amplía el código penal.

    Así por ejemplo se incorporaron los artículos 121-B y 122-B; cuyo texto es el que sigue:

    “Formas agravadas. Lesiones graves por violencia familiar
    Artículo 121-B.- El que causa a otro daño grave en el cuerpo o en la salud por violencia familiar será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de diez años y suspensión de la patria potestad según el literal e) del artículo 75 del Código de los Niños y Adolescentes.

    Cuando la víctima muere a consecuencia de la lesión y el agente pudo prever este resultado, la pena será no menor de seis ni mayor de quince años.”

    “Formas agravadas. Lesiones leves por violencia familiar
    Artículo 122-B.- El que causa a otro daño en el cuerpo o en la salud por violencia familiar que requiera más de diez y menos de treinta días de asistencia o descanso, según prescripción facultativa, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años y suspensión de la patria potestad según el literal e) del artículo 75 del Código de los Niños y Adolescentes.

    Cuando la víctima muere a consecuencia de la lesión y el agente pudo prever este resultado, la pena será no menor de seis ni mayor de doce años.”

    Asimismo respecto de las faltas contra la persona, se modificó el artículo 441, bajo el siguiente texto:
    “Lesión dolosa y lesión culposa
    Artículo 441.- El que, de cualquier manera, causa a otro una lesión dolosa que requiera hasta diez días de asistencia o descanso, según prescripción facultativa, será reprimido con prestación de servicio comunitario de cuarenta a sesenta jornadas, siempre que no concurran circunstancias o medios que den gravedad al hecho, en cuyo caso será considerado como delito. Se considera circunstancia agravante y se incrementará la prestación de servicios comunitarios a ochenta jornadas cuando la víctima sea menor de catorce años o la lesión se produzca como consecuencia de un hecho de violencia familiar, o el agente sea el tutor, guardador o responsable de aquel.

    Cuando la lesión se causa por culpa y ocasiona hasta quince días de incapacidad, la pena será de sesenta a ciento veinte días-multa.”

    Espero que la información le haya servido de ayuda.

    Saludos a nuestros amables usuarios argentinos.

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  13. buenas noches, mi consulta es la siguiente: que pasa si una mujer denuncia falsamente a su ex pareja de maltrato familiar. ellos tienen una hija pero nunca fueron convivientes, él le da una pensión que han acordado ambos, y tiene los vouchers de los depósitos que le ha hecho a ella en su cuenta bancaria. y él nunca la ha maltratado. ella la semana pasada, cuando él recogio a la niña para pasar el día en su casa, le dijo que disfrute de las últimas horas que vería a su hija porque se la iba a llevar lejos. qué se puede hacer en este caso, él esta desesperado porque no quiere que le quiten a su hija.
    gracias, espero su pronta respuesta, es verdaderamente urgente, a el le llego una citación ayer y tiene que declarar mañana.

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  14. buenas noches, veo que no te respondieron oportunamente sandra..., pero aca te va un cosejo que la vedad te va servir bastante, el padre tiene dos opciones, una de ellas es pedir una tenecia compartida caso contrario un regimen de visitas, las mismas que al interponer culquiera de ellas, puedes solicitar conjunmtamente con una medida cautelar que va a conllevar que se expida un mandato judicial anticipado y no esperar hasta la sentencia... y con ello ya existe un impedimente para la madre a fin de que n ose lo lleve al menor a un lugar desconocido, asi tambien, aquella puede estar sujeta a una denuncia penal por desovediencia a la autoridad y consecuentemente una imposicion de pena. espero que te sirva de algo.

    Walter Romero Romani.

    Miembro del Ilustre Colegio de Abogados del Callao.

    cualquier pregunta: aboga_romero@hotmail.com

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  15. CRISTIAN GOMEZ ARIAS17 de noviembre de 2011, 13:10

    Pimeramente debo de decir que la legislacion peruana es muy venevola en cuanto a los maltratos que realizan las mujeres, pero cuando se trata de juzgar u un varon las leyes se convierten drasticas por que nos consideran como los mostruos de la sociedad, es mas cuando encontramos a jueces o fiscales del sexo femenino ellas serian capases de condenarnos a cadena perpetua si asi la ley lo permitiera, con la unica razon y argumento de defender supuestamente al sexo debil. en el perù la ley es unica para todas las personas, pero no se aplica de manera equitativa. Por ejemplo si un varon agrede a su esposa con un palo y lo lesiona el brazo seguro que le daria impondrian 4 años de prision efectiva; pero seguro su una mujer le golpea a su esposo con un palo y lo lesiona el brazo la seguro que la sentencia imponiendole una pena condicional de un año y estaria andando libremente por las calles, mas que seguro agrediendo a ortos varones, bueno le dejo al criterio de consideracion de los jueces y fiscales en aplicar la ley de manera equitativa, adios.

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  16. muchas gracias señor Romero, ahora tengo otra consulta, resulta que la madre de la niña se ha ido de viaje, no se sabe a donde, ha apagado celular y no sabemos nada de la niña, que es quien nos interesa,que podemos hacer en este caso. repito ellos no fueron convivientes, fueron enamorados y ella quedo embarazada, obviamente el asumio su responsabilidad con la niña y le pasa una cantidad de dinero, por alimentacion y otros gastos, de manera quincenal. ella una vez lo amenazo que se llevaria a la niña y que el no volveria a saber de ellas. luego lo denuncio por maltrato psicologico, y ahora tenemos una semana que no sabemos nada de ellas. desaparecio y no dijo a donde se iban, una de sus hermanas dice q esta en lima, y la otra que esta en chiclayo. por favor necesitamos asesoria urgente.

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  17. Buenos dias Doctor Calderon espero que me pueda responder la verdad que como estudiante me parecio muy buena su critica anet refrencia la normatividad de la ley seria de mi agrado tener acceso a sus texto como estudiante asi afianzar mi conocimiento con su asesoria me honraria su gran respuesta Doctor..
    Espero su pronta respuesta a mi correo..
    neli_18j_forever@hotmail.com
    ATT.
    NELI V.V.

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  18. Felicitaciones por el trabajo y contribuir con este tema que no es muy abordado a profundidad a pesar de su importancia.

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  19. Buenas tardes yo tengo un casi como el de sandra yo gano 1,100 mensual y mi ex pareja me pide 600 mensuales y cuando no puedo darle completo insulta y se enoja ahora me ha denunciado por maltrato psicologico y fisico por una discusion en que ella me pego dos puñetes ahora me ha llegado una citacion a la comisaria le agradeceria a la persona que me pueda orientar muchas gracias de antemano

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  20. soy la otra cara de la moneda soy un policia gracias a dios hasta hace poco con muchos logros tanto personales como familiares, pero es el caso que hace poco aparecio una persona de sexo femenino que en el año 95 fue mi enamorada indicando que cuento con una hija de 14 años la cual la registro en el año 97 con mi apellido y ahora despues que alguien la asesoro no se con que fin me resulta denunciando por maltrato psicologico lo que nunca paso, al recibir una citacion para presentarme ante la policia
    es que tome conocimiento que existe un resultado positivo de una pericia psicologica de algo que nunca hice, hasta la actualidad estoy a punto de perder mi familia, acaso para la fiscalia basta solo un llanto o una queja o un resultado como el antes mencionado para perjudicar verdaderamente a mis hijas ya que cuento con 2 niñas y llevaba con un matrimonio de 8 años, quien mira este verdadero maltrato psicologico para mi familia que puedo hacer gracias

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    1. El escribano jurídico9 de abril de 2012, 17:40

      Respondiendo al amigo, lamentablemente es bastante común en la actualidad sorprender a un psicólogo con una actuación artística digna de un oscar mediando de por medio un par de lágrimas, más aún cuando estos exámenes tan poco confiables se realizan en la práctica en breves 10 minutos, no se hacen los tests adecuados, se hacen sin que el psicólogo escuche a la otra parte, por lo que nunca tendrá un panorama amplio de lo que realmente sucede y además atendiendo estos profesionales a más de 50 personas por día lo cual puede influir en el resultado, ningún psicólogo está exento de ser sorprendido o engañado, no es pues díficil conseguir un resultado favorable en este tipo de pericias, pues basta muchas veces mostrarse lloroso y afligido para que la pericia de positiva respecto de maltrato psicológico, lo díficil es desvirtuar este tipo de pericias, si en su caso la misma es positiva a maltrato, es sólo cuestión de tiempo para que el Fiscal formule demanda de violencia familiar en su contra ante un Juzgado de Familia, así que debe buscar inmediatamente asesoría especializada para que pueda ejercer su derecho de defensa, pues la necesitará, a fin de que proceda a recabar medios probatorios de descargo y posteriormente a contestar la demanda.

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    2. Estimado doctor:
      Yo estoy pasando por un caso muy parecido, tengo tres denuncias falsas por maltrato psicológico y físico, las pericias están toalmente en mi contra, la verdad es sorprendente cómo se dejan engañar los peritos, hubo solo una discusión doméstica con una persona que siempre me ha hostilizado y a quien nunca hice caso, pero esta vez por dignidad simplemente le contesté y me defendí y de ahí vino todo mi suplicio, es más sobredimensionó ante la fiscalía los hechos, inventó un maltrato inexistente, y como no era suficiente creó el maltrato físico, provocó una situación, me impidió ingresar a mi casa y como le toqué las manos a los tres días se fue a la comisaria y me denunció por maltrato físico, en realidad nunca tuve intención de tocarla, en fin es muy largo de comentar y bueno a los días le sale qe tiene lesiones por objeto contundente duro, yo con las le agarré las manos para que no se venga encima. En fin estoy pasando una situación horrible, nunca he tenido problemas con nadie, en el trabajo soy una persona querida y que me llevo muy bien con la gente, y ahora tengo tres denuncias, la supuesta agraviada tiene garántías, me he quedado sin un lugar para vivir, todas mi cosas están en esa casa y no me puedo acercar. Es una pesadilla lo que mi familia está viviendo, a la fiscal no le importó que mi menor hija haya sido afectada...es increíble.

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    3. jenny núñez rodas9 de agosto de 2012, 16:23

      Una pericia psicológica es rebatible mediante otra pericia -de parte en este caso-, lo que generaría un debate pericial, lo cual debe ser ofrecido al tomar conocimiento de la pericia que le es desfavorable(generalmente al notificarle el auto admisorio de la demanda de VF). Suerte.

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    4. jenny núñez rodas9 de agosto de 2012, 16:28

      Olvidaba mencionar, que sobre las pruebas de cargo que señala han sido ofrecidas por la otra parte, usted debe desvirtuarla con testimoniales u otros medios de prueba. Una pericia de parte sobre su estado psicológico también sería importante, y a la vez solicitar usted pasar por un RML, lamentablemente no tengo más detalles de su caso, pero sería recomendable se haga asesorar personalmente por un profesional abogado, pues el ofrecimiento de pruebas de cargo y de descargo tienen una oportunidad, pasado ese momento puede que ya no pueda presentarlas. Suerte.

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  21. Doctor ,lo felicito por este espacio y agradezco su apoyo,mi familia esta atravesando por momentos muy dificiles,a consecuencia que parece que mi sobrino,hijo de mi hermana esta consumiendo drogas,y cada vez que se emborracha o desea dinero,le hace problemas a mi hermana,hace tres dias casi la ha matado a golpes a su madre y a golpeado a sus hermanitos,mi hermana esta separada de su marido hace varios meses,un tipo tosco,grosero,y tambien consumidor,disimulado de drogas.MI hermana vive en casa de mis padres en el segundo piso con sus hijos,y mi padre a botado de casa a mi sobrino por la violencia dirigida a su madre,le hemos recomendado a mi hermana que denuncie a su marido por violencia psicologica y calumnia y a su hijo por violencia fisica y psicologica,para colmo mi hermana esta apenas hace un ano operada del cerebro de una enfermedad bastante delicada,y los golpes mayormente han sido dirigidos alli,a parte que tambien han salido lesionados mis sobrinitos de 11 y 15 anos,hermanos del agresor,... le estamos diciendo a mi hermana que lo denuncie ,... con la finalidad que negocie con su hijo el aceptar se interne para un tratamiento ,pero no para que lo encarcelen,es una situacion delicada y muy triste la que estamos atravesando Dr.,le pido su ayuda,no concibo la idea que un hijo le pegue a su madre y que una madre denuncie a su hijo por agresion,este muchacho esta manipulado por su padre,quien instiga en contra de mi hermana,por favor doctor ayudenos.

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  22. Si bien es cierto en los procesos de violencia familiar, sobre todo de casos de maltrato psicologico, deberia normarse que durante la investigacion policial preliminar, debera realizarse el examen psicologico no solo a la victima sino tambien al agresor, como se sabe el Ministerio Publico con el solo examen psicologico de la victima interpone la demanda de violencia familiar, sin siquiera haber recibido la declaracion del denunciado, o al menos haber agotado los mecanismos que la ley prevee para poder recibir la declaracion del denunciado.

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  23. Buenas tarde:
    Me parece mu interesante el espacio que has creado para informar sobre la tematica de violencia. Quiero aprovechar para consultarte las funciones dela comisarias cuando una mujer va hacer una denuncia (El itinerario desde que ingresa la mujer hasta que sale, cual es el área donde tiene que apersonarse),para poder informar a las mujeres que lo necesitan
    Gracias de antemano.
    Yessi

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    1. jenny núñez rodas9 de agosto de 2012, 16:20

      Podrías crear tu flujograma con la lectura de la ley, es bastante sencilla. Las dependencias policiales generalmente tienen una oficina para recpecionar denuncias por violencia familiar. Suerte.

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  24. Hola, a mi me han denunciado por maltrato psicologico y la verdad siendo honestos se trata de un acto de venganza por que ahora tendre un nuevo bebe con mi actual pareja, en este caso me han citado a la comisaria de mujeres del centro de lima por lo que ire a dar mi manifestacion. Que debo hacer por que en realidad nose ni que dire por que para empezar yo jamas vivi con la madre de mi hijo que tiene 7 años. Agradezco su respuesta de manera anticipada.

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    1. jenny núñez rodas9 de agosto de 2012, 15:48

      Primero lea arriba el blog para informase acerca de lo que implica la violencia psicológica. Luego le sugeriría que cuando vaya a la Comisaría, solicite que lo deriven a medicina legal a efectos pase usted también por una pericia psicológica. Generalmente los atestados se forman únicamente con el CML de la denunciante. En caso no atiendan su solicitud al momento de brindar su declaración (al final del interrogatorio le preguntaran si tiene algo más que agregar, allí es el momento de solicitar el oficio para que pase por el Médico Legista), sería entonces momento de que se asesore por un abogado. En caso usted no sea casado, podría presentar el certificado médico de su actual pareja donde acredite su estado de gestación, fotos con su nueva pareja, y que manifieste que el motivo de la denuncia es venganza por su nuevo compromiso. Si tuviera usted hijos con la denunciante, le recomendar+ia cumpla con sus obligaciones alimentarias, lo cual debe acreditar. Finalmente, es su derecho informarse de los cargos que hay contra usted antes que declare, por lo que le recomendaría lea primero el contenido de la denuncia de la supuesta víctima primero antes de declarar. Espero haber sido de ayuda. jnrodas@hotmail.com

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  25. Muy interesante estos comentarios, yo también estoy pasando por una situación similar y las pericias están en mi contra. Es increíble todo lo que una denuncia falsa puede generar.

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    1. jenny núñez rodas9 de agosto de 2012, 16:18

      Con las modificaciones a la ley sobre violencia familiar, los certificados médicos ya no son considerados pruebas plenas, siendo así, al igual que la declaración, para generar certeza de un hecho al juzgador debe corroborarse con otros medios de prueba. Ahora bien, la carga de la prueba es de quien alega el hecho. Vea usted las pruebas de cargo que la otra parte ha presentado y desvirtúelas. Creo que la asesoría de un abogado le sería recomendable. Espero haber sido de ayuda.

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  26. Sandra polo 9 de octubre del 2012
    estoy se parada hace 2 años por por que mi pareja tomaba mucho me maltrataba fisica y psicologicamente y amis hijas las asustaba no las dejaba estudiar incluso las cacheteaba le s decia groserias nos amenazaba de muerte, yo vivo en casa de mi mama no lo he denunciada porque me da miedo pero ultimamente esta que hace problemas ebrio fuera de la casa nos amenaza insulta a mis hijas nos dice que nos va a matar quiero denunciarlo para que nose acerque a mi hija menor que es mas apegada a el tiene 13 años pero como la amenaza esta asustada no se que hacer porque es muy agresivo cuando toma y mis vecinos no se meten porque tienen miedo

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    1. Sandra primero que nada, anda a la comisaria de tu distrito y denuncia ante la policia encargada de la mujer tu caso, con eso iras a la fiscalia y denuncia el caso y solicita una orden de alejamiento de la casa de tu mama, imagino que es el quien esta pasando una pension alimenticia, trabajas? puedes escribirme a silviakfernandez@gmail.com, yo te orientare, soy abogada y increiblemente veng luchando por un divorcio por maltrato pero ya gane el juicio de maltrato.No permitas mas esto, estas condenando a tus hijas que repitan la historia, espero tu mail

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  27. Quisiera por favor 1 ayuda ,mira me han denunciado por agresion fisica y agresion psicologica lo curioso de esto es que cuando lei la denuncia que la persona hace a mi persona solo dice que su ex-enamorado solo la empujo y en el caso de agresion psicologica era que la amenazaba y aparte de eso dice que le destrui su celular ...ahora para empezar la historia hace unos dias estuve en la casa de mi prima y su hermano bajo y me rompio el parabrisas del auto y empezo a retarme para bajar a pelear con el pero como vio que no baje pues como dije me rompio el parabrisas del auto ,dspues de eso me fui a la comisaria e hice mi denuncia a el por la rotura de mi parabrisas.He llamado a mi prima y me dice que saque la denuncia a su hermano y ella sacara la que tiene contra mi y lo que le digo q como puede hacer una denuncia de algo que no sucedio aparte le dije que no tenia pruebas y lo del celular roto le dije que seguro se lo rompio el hermano al momento de bajarla del carro porque ahi se empezaron a pelear entre ellos y el la tiro al piso y bueno a lo que ella me respondio que la agresion psicologica no prescribe y que ella la podria hacer y que el celular lo rompi yo ...despues de conversar con ella tambien me dice que su familia le esta poniendo presion para que me denuncie por haber denunciado al hermano.Para terminar yo he tenido una relacion sentimental con mi prima hasta hace poco.Su papa y mi madre son primos hermanos.
    Mis preguntas serian : que es lo peor que me podria pasar en el caso de una supuesta agresion fisica y psicologica ? ,ese celular roto yo ni lo toque porque me encontraba dentro dentro del auto pero como pruebo que no lo hice ?osea es su palabra contra la mia ...que me sugieres que haga ??me llamo Julian y gracias por su respuesta y ayuda.

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  28. me gustaria saber como podemos definir el maltrato sin lesion, este maltrato sin lesion puede ser fisico y tambien psicológico, puede poner casos como ejemplo......gracias por su respuesta
    WILMER




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  29. la viloencia familiar es penado verdad que tipo de pena tiene y por cuanto tiempo

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  30. Que pasa si un docente o personal de salud sabiendo el hecho de violencia o violencia sexual no denuncia.

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  31. Si un docente o personal de salud omite no denunciar sabiendo el hecho que le sucede. Por favor ilustrarme más.
    Si un psicólogo de salud recibe un caso de violencia sexual puede hacer la entrevista psicológica.

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  32. Buenas tardes, queria saber que se entiende por Maltrato Fisico sin Lesion, Gracias anticipadas por su respuesta

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    1. Maltrato Físico sin Lesión, son los jalones de cabello, orejas, bofetadas, etc que no causan ninguna lesión al accionarla pero que encuadra en el tipo de maltrato físico.

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  33. soy sandy, buenas noches y de antemano gracias por la respueta que me vayan a dar, verà ocurre que hace casi 5 años fui agredida fisicamente por dos personas, un chico y dos chicas, el me agarro y ella me pateaba, jalaba de los pelos aruñaba e insultaba, me causo una herida con sus uñas y la otra cuidaba que nadie entre y mi cuerpo quedò morado por todos lados, mientras sangraba me tubieron retenida por casi 2 horas, si no fuera por una chica que llamo a la polica no la cuento, fue dentro de un departamento, el medico legista puso lesiones graves, pero el error que cometi fue que solo denuncie a la chica por temor de que l chico me ataque de nuevo, pero igual fui amenazada una noche motivo por el cual deje de seguir el caso y renuncie a mi trabajo de pronto, y me fui de lima despues de 2 ños regresè, pero nunca dejo de pensar en ese mal momento traumatico, ahora estoy tomando valor y quisiera saber si eso prescribio o puedo hacer algo todavia, aunque debo confesar que tengo mucho temor, la denuncia fue puesta en la comisaria de jesus maria. agradezo la atenciòn

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  34. Hola, mi ex conviviente hace mas de un año estoy separada de él, decidi denunciarlo por violencia familiar, cuando lo denuncie estaba con 4 meses de gestacion y hasta la actualidad me acosa diariamente mediante llamadas y mensajes de texto pidiendome que me case con el y que le de otra oportunidad, pero mayormente me trata con lisuras en los mnsajes, con el tuve un hijo, ahora no se que denuncia poner, porque acarrea violencia familiar y otro me dijeron coaccion, porque me esta imponiendo que haga algo que yo no quiero como el de obligarme a casarme con el y que le de otra oportunidad, eso me dijeron que consultara a un abogado ¿que puedo hacer?

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  35. AYUDENME POR FAVOR MI ESPOSO ES UN VIOLENTO ME HUMILLA ME AMENAZA Y ME INSULTA TIENE UN ARMA Y NO SE Q ME PUEDA HACER EL FUE POLICIA Y YA A MATADO A UN HOMBRE Y YO LE TENGO MIEDO YO LO DENUNCIE POR MALTRATOS Y LE DIJE Q ME BOY ASEPARAR DE L Y SE FUE A EMBORRACHAR Y ME BINO A INSULTAR Y OTRA VEZ Y EL TODABIA A IDO EL 27 A DENUNCIARME POR MALTRATO EL A IDO BORRACHO A SU TRABAJO YCUANDO TOMA SE PONE COMO LOCO ME DA MIEDO TENGO UN NIÑO Q TIENE 3 AÑOS Y SOLO HABLA Q SU PAPA NOPS BA A MATAR Y SUEÑA SE LEVANTA LLORANDO Q SU PAPA LO BA AMATAR Q LE CORTA LAS PIERNA S ESO ME PREOCUPA AYUDENME

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  36. como hacer si en una familia hay como objetivo desposeer una casa y esta en proceso judicial durante anios, y paralelamente quienes pretenden esto constantemente denuncian de diversas cosas sin pruebas, cosas como robo de papeles ingresando a su espacio, haber aventado excrement y piedras, haber sido victim de insultos y vejaciones, en suma intent hacerse pasar como victima; todo lo cual ha llevado a mi familia a tener temor de viri en nuestra casa y trasladarnos a otro lugar mas de una vez debido a que cada vez que habitamos nuestro hogar surgen problemas mas graves o denuncias tras denuncias, y esto ha ido pasando durante un aproximado de mas de 10 anios, no es esto acoso y hostigamiento? como defenderse? si la unica vez que intentamos hacerlo hace mas de 6 anios ironicamente debido a una denuncia de ellos por violencia contra nosotras, los jueces dicen que es un conflicto familiar y por lo tanto es un ataque mutuo, ya que el problem es la casa que segun ellos es material de herencia? ojo que esto ultimo ya es un proceso aparte que esta como material judicial, mi consulta es por el hostigamiento que nos ha llevado a tener miedo de vivir en nuestra casa ya que ellos viven al costado, y lo ultimo es que ya invadieron otra parte mas de nuestro terreno y lo estan poseyendo sin haber concluido el juicio de expropiacion, y hay otra denuncia en la cual se esta volviendo a denunciarnos como que somos nosotras las que estamos hostigando a una de ellos? que hacer? a veces pienso que lo unico s irnos todos lejos muy lejos donde podamos olvidarnos de que ellos existen, nose como defender a mi familia, siento que elllos estan acabando con nosotros, una de mis hermanas ya ha fallecido, era a quein ellos mas atacaban, pero claro ella nurio de cancer no de acoso, yo me temo que ellos van a acabar con toda mi familia, temo que las vuelvan a golpear y no pase nada, que vue;van a invader mas y mas y perdamos nuestra casa, y el proceso judicial jamas acabe, quiza fuese mejor dejar la casa, perderla ya no luchar por ella, pues la salud es la mas importante, en fin nose como defendernos de este atropello psicologico que viene ya de anios, para los jueces es un conflict mutuo, que puedo yo decir...

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  37. holaa quisiera saber si aun puedodenunciar una agresion fisica ocurrida hace 2 meses. por la agresion estuve hospitalizada 1 mes y luego por temor o verguenza no denuncie pero ahora estoy mas sana quisiera saber si aun puedo denunciar?

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  38. una sentencia de violencia familiar con pago de reparación y tratamiento psicológico, que se puede hacer, asistir no asistir... que sucede

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  39. Estimado Dr. Javier que me recomienda en noviembre del 2015 hice una denuncia por maltrato físico a mi ex conviviente lo cual pase por el medico fiscal pero no fui despues a las 2 citaciones de la Comizaria, ayer después de aver conversado con ella y su hermana me retiraba y en las escaleras sorpresivamente me araño agarrando mis lentes para destrozarlo y de
    ira dijo soy una loca pues,y estaba presente una inquilina y su hermana, me retire pensando que solo un rasguño grande mi sorpresa me araño pues lo vi en la calle, me dirijo a la comisaría lo cual me dieron un documento para pasar por el medico legista y al día siguiente que venga a la comisaria para rendir mi manifestacion, yo a ella le paso 150 semanales por el banco a mi hijo le doy su yogutt mas su cereal por semana a parte yo veo su colegio, ropa y pago el alquiler del cuarto voy a visitar a mi hijo martes, jueves por las noches, sábado y domingo por las tardes.Y esto que ha sucedido estoy pensando en seguir con la denuncia y no consecuencias pueda traer para ella, pues mi hijo ya entra a inicial en marzo,yo estoy viendo los útiles pagos y se se estaba viendo para que ella trabaje pagando a una chica, la verdad no como proseguir pues ya no voy a entrar al cuarto y solo iré los domingo a visitar a mi hijo para evitar una pelea lo recojo en la puerta y lo entrego en la puerta,he escuchado un centro alegra lo iría para que orienten y plasmar el régimen de visitas y en cuanto a la denuncia a mi ex no se camino tomar .?? Pues ella es nerviosa, sigue de alguna manera celosa pues piensa que estoy con una chica de trabajo y siempre la menciona y ya no se puede tener una conversación con ella pues de acá en unos días en cuention de dinero se quedó que se iba ahorrar hasta marzo para comprar útiles pero y de ahí iba a trabajar pero al final después de unos días pide dinero para salir a la playa con mi hijo así sucedió la ultima agresión??

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  40. Si me llamaron del juzgado por una denuncia que puse por maltrato físico pero en el momento que fui a la comisaría no tenía ningún signo de maltrato solo me empujo y estaba embarazada, yo quede en Buenos términos con él x el bb y como nunca me maltrato no se que pueda hacer para detener el proceso.

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  41. lamentablemente el centro de emergencia mujer esta lleno de feministas que dicen si a lo que le dice la mujer histrionica y teatera y lo inflan 10 veces mas en complicidad y muchas veces cuando el instituto de medicina legal que tiene peritos en vez de los incapaces del cento emergencia contradice dichos informes pero algunas fiscales a pesar de eso y para justificar su produccion denuncian y los hombres quedan al dsamaparo de falsas denuncias con el fin de buscar tenencia alimentos y otro esa ley no sirve

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  42. Buenas noches.
    Dictaron una medida cautelar de salir de la casa, de no acercarme a 100 metros de mi esposa, sin embargo mi esposa me dice que me quiere, que lo hizo en un momento de cólera, que no se dejó influenciar por sus hermanos, conversa conmigo, me da besos, abrazos, siendo mi consulta que medios probatorios debo conseguir amo favor para que se revoque lame duda cautelar

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  43. Que hacer cuando en la comisaria no te permiten poner la denuncia pues como eres varón hay que esperar que la otra parte la haga primero, sin embargo esconden el hecho que la denuncia ya esta hecha, y te demoran a pesar de tener con una lesión evidente, y cuando te acercas hasta en 3 oportunidades al día siguiente de los hechos y solicitas oficio para pasar medico legista te lo niegan, y te pelotean de un día a otro pues son turnos diferentes de efectivos por día, así pasan 4 o 5 días y cuando por fin aceptan que hay una denuncia te dan el oficio y te mandan a una dependencia medico.legal que no te corresponde y tienes que volver a la comisaria para que te oficien de nuevo y te siguen meciendo, al final la mayoría de las lesiones se desvanecen y no hay derecho que estando lesionado te hagan pasear por toda la ciudad. ¡Que Hacer?...

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  44. Dr. La violencia es de ambos lados, en este caso los varones mantenemos un silencio inmenso sobre estos puntos. Hace poco me acerque a la comisaria de mi sector -en provincia - lo cual lamentablemente el personal policial -una mujer- me atendio de mala manera como si le aburriera el tener que hacer su trabajo, pero si para hablar por celular muy bien, para la denuncia poco le falto pedir el ADN para saber si era mi hijo por quien denunciaba su desaparicion y su madre no me quiere ni comunicar ni informar donde esta.

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